[OT]Re: Cuestiones sobre programacion

ch3m4 en ch3m4.org ch3m4 en ch3m4.org
Sab Nov 6 19:30:09 CET 2004


Mensaje citado por joseba <nuevodebian28 en yahoo.es>:

>  Hola lista, yo soy  miembro de "los silenciosos" que leemos y leemos los
> mensajes pero casi nunca nos decidimos a hablar ;) que sepais que estamos por
> aqui...
>
> Dicha la chorrada al tema. No es especificamente phyton pero tiene que ver
> con
> la programación

Conviene que pongas en el "asunto" que se trata de un "offtopic", normalmente
con un [OT] como he puesto.


>La primera es que si uso programas con licencia GPL , ya sean
> librerias o programas, para contruir un programa a mi medida, ¿si el programa
> es para uso particular tengo que publicarlo? ¿si contrato a uno o mas
> programadores, ellos pueden publicarlo sin pedirme permiso? ¿es el programa
> legitimamente mio, es decir tengo los derechos de copirai?

Es complejo responder, y seguro que será fuente de malentendidos. La licencia
GPL es una licencia de copia. Mientras no haya copia, no actúa la GPL.

Dicho ésto, las modificaciones al programa no son obligatorias publicarlas si no
se entrega el programa a un tercero. Mientras se use a título particular, no
estás obligado a nada. Incluso puedes mezclar código GPL con código privativo,
siempre que no lo distribuyas. Por otro lado, la GPL no obliga a "publicar"
nada, tan sólo obliga a entregar el código fuente a quien recibe el programa.

A quienes programan para tí, ya depende mucho del contrato que hagas. Por ser
código GPL, ellos tienen la obligación de entregarte el código fuente. Pero por
contrato, podrías exigirles que no entreguen copias a nadie más que a tí. O
sea, que no puedan publicarlo sin tu permiso. Lógicamente, esto sólo afectaría
al nuevo código que hayan creado, no al código en el que se hayan basado.

En cuanto a la propiedad, según la ley (europea) el programador tiene el
copyright del programa. Deberán estipularse en el contrato los términos en los
que los derechos de copia y distribución pasan a manos del cliente.
Legítimamente, el programa pasa a ser propiedad del cliente si el contrato es
un contrato de compra-venta, no estando claro si el contrato fuera de
servicios. Debería quedar demostrado que el programador ha utilizado
exclusivamente medios de la empresa del cliente para crear su obra. Aún así, un
juzgado podría reconocer la autoridad moral del programador sobre su obra.

Pero siendo prácticos, si no quieres que los programadores publiquen el software
que hacen, encárgales directamente software privativo.


> La segunda cuestion es que si decido publicarlo, al haber usado licencias gpl
> tengo la obligacion de publicarlo bajo gpl, pero ¿puedo añadir otra licencia,
> es decir doble licenciarlo como gpl/comercial? es decir al estilo de la doble
> licencia de las librerias QT.

Algunas licencias son "compatibles GPL" como, por ejemplo, la licencia Python,
siempre que quede diferenciados los códigos afectados por cada licencia. De
ninguna manera está permitido que software GPL se licencie con otra licencia
que no sea GPL, y mucho menos con una licencia privativa. La única opción es
que tu seas el propietario de todo el código GPL y decidas darle otra licencia,
tal como hace Trolltech con Qt.




Más información sobre la lista de distribución Python-es